El
objetivo de esta propuesta legislativa, avalada por 450 votos, es salvaguardar
el interés superior de los menores de edad e incapaces.
24 de abril de 2013.
México.- La Cámara de Diputados aprobó por
unanimidad el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman y derogan
diversas disposiciones del Código Civil Federal, para que la adopción sea un
proceso ágil, transparente y efectivo.
El objetivo de esta propuesta legislativa, avalada
por 450 votos, es salvaguardar el interés superior de los menores de edad e
incapaces, señaló al fundamentar el dictamen de la Comisión de Justicia la
diputada Zuleyma Huidobro González.
La legisladora de Movimiento Ciudadano precisó que
se pretende garantizar al adoptado su incorporación integral y absoluta a la
familia del adoptante, con derechos y obligaciones iguales a los de un hijo
consanguíneo.
Las modificaciones establecen que en la adopción
plena se expedirá un acta como si fuera de nacimiento, en los mismos términos
que para hijos consanguíneos, y se harán anotaciones en el acta de nacimiento
originaria, la cual quedará reservada.
No se publicará ni se expedirá constancia que
revele el origen del adoptado ni su condición de tal, salvo providencia dictada
en juicio.
Además no se reconoce más parentesco que los de
consanguinidad y afinidad y el que adopte dará nombre y sus apellidos al
adoptado y tendrá los mismos derechos y obligaciones sobre la persona del
adoptado, que sobre los hijos consanguíneos.
Lo avalado establece que el adoptado hereda como
hijo, pues en la legislación vigente se pueden instaurar escenarios legales que
favorecerían confusiones y confrontaciones inéditas, particularmente lo
relativo al régimen sucesorio.
"Si no se modifica el articulado que regula la
herencia de bienes en adopción se crearán condiciones propicias para establecer
litigios complejos e interminables entre los descendientes consanguíneos y los
adoptados, así como con las demás líneas de parentesco", estableció.
La diputada subrayó que por lo tanto, es necesario
armonizar los preceptos para determinar de forma precisa, legítima y
concluyente los derechos sucesorios.
De ahí que resulte indispensable realizar cambios
normativos para que los beneficios de la adopción plena cumplan con su cometido
social de protección y salvaguarda de niños y adolescentes, así como en el
desarrollo armónico de las familias, sin caer en contradicciones legales
insalvables y disputas jurídicas innecesarias.
Con estas reformas, comentó, se completan las
aprobadas recientemente a diversas disposiciones que comprenden el régimen de
adopción y generalizar definitivamente la adopción plena.
"Y con ello, la posibilidad de extender y
sistematizar los vínculos, derechos y deberes propios de los emanados en las
relaciones entre padres e hijos consanguíneos, y como extinguir los originados
en la familia natural", aseveró Huidobro González.
Explicó que esas modificaciones deben extenderse a
otros artículos del Código Civil Federal para alcanzar congruencia y sentido
jurídico, dando economía enunciativa de artículos que comprenden materias como
levantamiento y expedición de actas de nacimiento o los requisitos para
contraer matrimonio.
Aprobado en lo general y en lo particular, el
dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos 86, 87, 133, 292,
395 y 1612; y deroga el 88, 157, 295, 394, 1613 y 1620 del Código Civil
Federal, fue enviado al Senado de la República para sus efectos
constitucionales.
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